LEGISLACIÓN LABORAL en secretariado
MADELYM MERCADO 15060 YESMITH MONTALVO 15638
ESLADYS ACOSTA
15152 MARBELLY PEREZ
15267
MARIBEL ARGEL 16081 MONICA DIAZ
5020
¿QUE ES LEGISLACIÓN LABORAL?
Entendemos por legislación laboral a aquel conjunto de leyes
y normas que tienen por objetivo regularizar las actividades laborales, ya sea
en lo que respecta a los derechos del trabajador, como también a sus obligaciones
y lo mismo para el empleador, como también a sus obligaciones y lo mismo para el empleador.
La legislación laboral es suma
mente importante y siempre se recomienda a los trabajadores conocerla a modo de
poder reclamar lo que le corresponde pero también para saber cuales son sus
obligaciones frente quien los emplea.
La legislación laboral se encarga
de defender los derechos individuales y los
derechos colectivos.
Mientras que la primera
representa todo aquello que tenga que ver con los derechos particulares del
empleado o trabajador, por ejemplo, la cantidad de horas el sueldo mínimo, las
posible licencia, etc., el derecho colectivo tiene que ver con la figura de
sindicado. De aquí se deriva varios temas como:
Trabajo, contrato de trabajo,
elementos de un contrato de trabajo, modalidad del contrato de trabajo. Salario,
dinero, salario integral, salario en especie, alimentación, elementos
integrales del salario, pagos que no constituyen salario, Jornada laboral,
jornada ordinaria, jornada máxima. Fórmulas para calcular prestaciones
sociales, cesantías, intereses de cesantías, primas de servicios, vacaciones, Nomina,
formulas.
TRABAJO
Es toda actividad humana legal,
voluntaria, material o intelectual.
CONTRATO DE TRABAJO:
es aquel q por el cual una
persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural
o jurídica.
ELEMENTOS DE UN
CONTRATO DE TRABAJO
Actividad personal del
trabajador.
Subordinación o dependencia.
Remuneración (salario).
MODALIDAD POR
SU FORMA:
Verbal: acuerdo de voluntad ejemplo: empleado domestico.
Escrito: es aquel que costa de un documento escrito.
Por su
duración. A termino fijo: debe siempre
constar con un escrito y termino de duración no debe superar a tres años.
A
término indefinido: no tienen plazo
prefijando la duración.
Contrato
de obra o labor contratada. Debe ser por
escrito.
Contrato
ocasional o transitorio. Contrato de corta
duración no mayor de un mes.
SALARIO
Se reciben como contra prestación
directa del servicio prestado.
Dinero: tradicional se clasifica
en ordinario, fijo variable, por producción por unidad por horas extraordinario
fijo a pago que constituyen trabajo.
Salario integral: se clasifica en
salario ordinario superior a diez salarios mínimos factor prestaciones no podrá
ser inferior al 30% del salario
ordinario parte salarial del salario mínimo integral.
Salario en especie: parte de la
remuneración ordinaria permanente que recibe el trabajador.
Empleadas domesticas no deben
ganar menos del 70% del salario mínimo.
Salario
en especie: no podrá ser superior al 30% .
Alimentación:
debe estar en todo contrato.
A falta de estipulación se
estimara sin que pueda llegar a construir mas de 50% del salario.
Salario mínimo no
podrá exceder del 30%
Elementos
integrales del salario:
Pagos que no constituyen salario
Sobre sueldo
Bonificaciones habituales
Valor trabajo suplementario o
horas extras
Valor del trabajo en días de
descanso obligatorio
Comisiones por ventas
Viáticos permanentes solo en aquellas partes destinadas a
proporcionar manutención y alojamiento pero en lo que solo tenga finalidad
proporcional los medios de transporte y los gastos de representación.
Pagos
que no constituyen salario:
Bonificaciones
Gastos de representación
Elemento de trabajo
Calzado y ropa de trabajo
Primas extras legales
Prima de antigüedad
Prima de vacaciones
JORNADA ORDINARIA: Es
aquella que pacta las partes máximas legales.
JORNADA MAXIMA: Ocho horas 48
semanales las que convengan las partes. Ej. 42+15.
TRABAJO ORDINARIO: 06:00a.m.-10:00p.m.
TRABAJO NOCTURNO:
10:00p.m.-06:00a.m
Evade la jornada ordinaria en
todo caso la máxima legal-horas extras diarias- hasta 6 horas.
HORAS EXTRA SEMANA: Hasta 12
horas.
TRABAJO EXTRA DIURNO TASA:25%
TRABAJO EXTRA DOMINICAL O
EFECTIVO- DIURNO-TASA100%
NOCTURNO-TASA 150%
•
RECARGO(A sección jornada 36 horas-35%)
REMUNERACION DOMINICAL
(recargo75% acepción jornada de 30 horas)
NOMINA
En una empresa, la nomina es la
suma de los registros financieros de los sueldos de un empleado, las bonificaciones
y deducciones. En la contabilidad la nomina se refiere ala cantidad pagada a
los empleados por los servicios que presta durante un cierto periodo de tiempo.
EJERCICIOS
Laboro desde el 30 de julio del
2010 hasta el 30 de diciembre de mismo año termino el contrato
Laboro 6 meses =6x300=180 días
Salario
$1300000
Cesantías : salario*n° de días
trabajados=1.300.000*180=650.000 cesantías